Subvenciones para la modernización de las empresas comerciales y detallistas – Pimeco

Subvenciones para la modernización de las empresas comerciales y detallistas

Subvenciones para la modernización de las empresas comerciales y detallistas

 

La Consellería de Treball, Comerç i Indústria ha publicado una convocatoria de SUBVENCIONES  DESTINADAS A FOMENTAR LA MODERNIZACIÓN DE LAS EMPRESAS COMERCIALES Y DETALLISTAS, publicada en el BOIB núm 74, de 17 de junio de 2017.

SUBVENCIONES CONSEJERÍA DE TRABAJO, COMERCIO Y INDUSTRIA

¿Quién puede optar a la subvención?
Los beneficiarios tienen que ser personas físicas o jurídicas, agrupaciones de personas físicas o jurídicas privadas y comunidades de corderos. Tienen que ser y titulares de pequeñas empresas del sector del comercio detallista, con establecimiento ya existente y situado a pie de calle con sede en las Islas Baleares.

Los beneficiarios tiene que ejercer alguna de las actividades incluidas en los epígrafes del impuesto sobre actividades económicas siguientes: EPÍGRAFES COMERCIO

¿Cuáles son las acciones subvencionables?
Las acciones que se subvencionan son:

– Inversiones para la mejora tecnológica encaminada a potenciar el comercio electrónico en el establecimiento de abanica presencial (aplicaciones informáticas, creación o mejora de la página web, alojamiento y adquisición de equipamiento informático).
– Inversiones que impliquen un avance hacia la economía baja en carbono, la mejora de la eficiencia energética y la sostenibilidad.
– Adquisición e instalación del equipamiento necesario para la modernización del establecimiento comercial (mobiliario, maquinaria, instalaciones, sistemas de alarma. TPV y rotulación comercial, interior y exterior).
– Obras y reformas que comporten mejoras y modernización del establecimiento.

¿Cuál es el importe máximo subvencionable?
Los proyectos o actuaciones presentadas tienen un coste elegible mínimo de 2.000 euros (IVA excluido). La cuantía de la subvención es del 50% del coste elegible (IVA excluido) con un máximo de 6.000 euros por empresa. Dichos proyectos se tienen que ejecutar y pagar en el periodo comprendido entre el 1 de enero de 2017 y el 16 de octubre de 2017 (NUEVA FECHA) según BOIB 114 de 16 de septiembre de 2017 la nueva fecha es el 31 de octubre de 2017. (ambos incluidos).

AMPLIACIÓN DEL PLAZO DE EJECUCIÓNY JUSTIFICACIÓN

RESOLUCIÓN–>  BOIB114 del 16/09/2017

1. Ampliar el plazo máximo de ejecución y justificación de la realización de las actividades subvencionadas hasta el día 31 de octubre de 2017, de acuerdo con el artículo 32 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. En consecuencia, quedan modificados los apartados tercero punto 6 y décimo punto 1 de la Resolución del consejero de Trabajo, Comercio e Industria de 31 de mayo de 2017  por la que se convocan subvenciones destinadas a fomentar la modernización de las empresas comerciales detallistas en el sentido indicado.

Lea el documento del BOIB Aquí

¿Hasta cuánto se pueden presentar las solicitudes?
El plazo para poder presentar las solicitudes es de un mes a partir del día siguiente de la publicación de la resolución en el BOIB, es decir, hasta día 17 de julio de 2017.

* Recordad que por el hecho de pertenecer a una Asociación u organización empresarial como Pimeco, se atribuyen 7 puntos según los criterios de valoración para la concesión de la subvención.

Para más información pueden consultar la convocatoria : Convocatoria de subvenciones para la modernización del comercio

Pimeco ofrece el servicio de gestión de subvenciones gratuito para el socio, pueden contactar con nosotros  de lunes a viernes de 08.00 a 1700H.
Teléfono: 971 468.153 / Fax: 971.467.783
E-mail : pimeco@pimeco.com

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