Subvenciones 2018 al comercio de Palma – Pimeco

Subvenciones 2018 al comercio de Palma

Subvenciones 2018 al comercio de Palma

Le remitimos la información relativa a las nuevas subvenciones 2018 del comercio de Palma . Le recordamos que los SOCIOS DE PIMECO tienen 5 puntos más en los criterios de valoración para la concesión de la subvención y además, en Pimeco,  solo por ser socio,  le tramitamos la subvención sin coste añadido.

Para más información no dude en contactar no nosotros al 971.468.153  o mediante correo pimeco@pimeco.com 

SUBVENCIONES PARA EL PEQUEÑO COMERCIO DE PALMA

¿Quienes pueden ser beneficiarios de la subvención?
Los beneficiarios pueden ser personas físicas o jurídicas con actividad mercantil que inicien o sean titulares de una actividad comercial situada a pie de calle en el municipio de Palma que cumplen los requisitos siguientes:

– Establecimientos comerciales de la ciudad ubicados a pie de calle.
–Que esté ubicado en el término municipal de Palma (plano de emplazamiento).
– Microempresa y Pequeña empresa.

Su actividad principal debe estar enmarcada dentro uno de los siguientes epígrafes:

–64 Comercio menor productos alimenticios, bebidas y tabaco (establecimientos permanentes) excepto: mercados municipales, 646 comercio al por menor de labores de tabaco y de artículos de fumador, 6475 productos alimenticios y bebidas máquinas.

–65 Comercio menor productos industriales no alimenticios (establecimientos permanentes) excepto: 6521 farmacias, 654 comercio al por menor de vehículos terrestres, aeronaves, embarcaciones y maquinaria y accesorios, 655 comercio al por menor de combustibles, carburantes y lubricantes.

– 972.1 Servicio de peluquería señoras y señores.
– 972.2 Salones y Institutos de belleza.

Sin embargo, en ningún caso será subvencionable una empresa que desarrolle en su local comercial al menos una actividad recogida en el epígrafe de IAE 761.

¿ Qué importe máximo se puede subvencionar ?

El importe máximo de subvención que se puede otorgar para cada solicitud es del 80% del coste total de la actuación (IVA excluido)
Inversiones generales con un máximo de 2.300€ para todas las acciones subvencionables.
Inversiones destinadas a suprimir barreras arquitectónicas, el importe máximo podrá ser de hasta 4.600 €.
Acciones subvencionables:
1.- Renovación y mejora tecnológica de la pequeña y micro empresa comercial, se exceptúan la creación y el mantenimiento de las páginas web y la adquisición de programas informáticos, licencias, etc.
2.- Actuaciones destinadas a garantizar la seguridad en la micro y pequeña empresa comercial (sistemas de alarma, detectores, cámaras de seguridad).
3.- Actuaciones destinadas a la incorporación e implantación del diseño para la mejora de la imagen del establecimiento (se excluyen los costes de los proyectos y estudios técnicos).
4.- Rotulación comercial interior y exterior, siempre debe ir acompañada de la previa licencia municipal y también del recibo del pago de las tasas.
5.- Adecuación física del establecimiento destinada a la mejora de la accesibilidad y la supresión de barreras arquitectónicas (se excluyen los costes de los proyectos y estudios técnicos), debe ir acompañada de la licencia municipal en su caso y del recibo de pago de las tasas.
6.- Actuaciones dirigidas a potenciar una economía baja en carbono y la mejora energética y sostenibilidad (iluminación de bajo consumo, instalación o sustitución de aparatos de climatización para aparatos de tipo A …), se exceptúa el adquisición de bombillas, leds u otros bienes que no se consideren inversión.
7.- La adquisición y la instalación sistemas que posibiliten el reciclado, la reducción, la eliminación de residuos, como maquinaria de prensado y compactación.”

¿Cuándo deben presentarse las solicutudes? 
Las solicitudes se pueden presentarse hasta el día 10 de septiembre de 2018.

Se establecen 2 períodos de valoración , primer plazo  hasta el 15 de mayo de 2018, y desde el 16 de mayo y hasta el 10 de septiembre de 2018, segundo plazo. En cada período se valorarán mediante una sola resolución todas las solicitudes presentadas desde la finalización del anterior período hasta las 14 horas de los días indicados.
¿ Cuándo deben de haberse ejecutado y pagado las inversiones ?
Son subvencionables los gastos destinados a la innovación, mejora y modernización de los comercios ya existentes y también la implantación de nuevos comercios ubicados en el término municipal de Palma, los datos de ejecución y pago de las inversiones debe ser desde el día 1 de enero de 2018 y,

– Hasta el día 16 de julio de 2018 para las solicitudes presentadas dentro del primer periodo.
– Hasta el día 20 de noviembre de 2018 para las solicitudes presentadas dentro del segundo periodo.
– Hasta el día 15 de diciembre de 2018 para las solicitudes que una vez finalizados los plazos se les pueda otorgar subvención por liberación de crédito.

Puede consultar la documentación aquí :

BASES SUBVENCIONES COMERCIO PALMA

RECUERDE QUE
Los SOCIOS DE PIMECO tienen 5 puntos más en los criterios de valoración para la concesión de la subvención y además, si lo desea ,  le tramitamos la subvención sin coste añadido

¿ Necesita más información ? 
Contacte con nosotros:
T: 971.468.153
E: pimeco@pimeco.com 

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