REQUISITOS PARA EL APLAZAMIENTO DE CUOTAS Y PAGO DE DEUDA A LA SEGURIDAD SOCIAL – Pimeco

REQUISITOS PARA EL APLAZAMIENTO DE CUOTAS Y PAGO DE DEUDA A LA SEGURIDAD SOCIAL

Aquí tienen el documento que ha preparado el equipo del Gabinete Balear de Gestión Laboral para informar a nuestros socios de los requisitos para solicitar el aplazamiento en el pago de deudas a la Seguridad Social, así como la moratoria de cuotas a la Seguridad Social. Seguimos.

APLAZAMIENTO CUOTAS: (PLAZO PRESENTACION MÁXIMO 10/04/2020)

INFORMACION  PARA LA SEGURIDAD SOCIAL DEL MES DE MARZO QUE SE LIQUIDA A FECHA 30/04/2020 en el caso de empleados y en el caso de autónomos CUOTA DE ABRIL QUE SE LIQUIDA A FECHA 30/04/2020

Los requisitos son:

1.- Tramitar el aplazamiento de la cuota de la Seguridad  Social del mes de marzo máximo el día 10/04/2020

2.- El interés que se aplicará será del 0,5%

3.- No se puede tener otro aplazamiento anterior concedido

4.- Encontrarse la empresa al corriente de pago de Seg. Social

5.- En el momento de la concesión del aplazamiento se deberá pagar de inmediato la cuota obrera de la  Seguridad Social de los empleados

 

INFORMACION PARA LAS CUOTAS DE  SEGURIDAD SOCIAL DE LOS EMPLEADOS  DE LOS  MESES ABRIL, MAYO Y JUNIO 2020  Y DE AUTONOMOS DE LOS MESES MAYO Y JUNIO 2020

Los requisitos son:

1-      La solicitud se deberá tramitar del día 1 al 10 de cada mes y mes a mes para el periodo que nos interese

2-      El interés que se aplicará será del 0,5%

3-      No se podrá tener concedido otro aplazamiento anterior a fecha 14/03/20

4-      Se deberá estar al corriente de pago en el momento de la solicitud

5-       En el momento de la concesión del aplazamiento se deberá pagar de inmediato la cuota obrera de la  Seguridad Social de los empleados

MORATORIA:

INFORMACION PARA SOLICITUD DE MORATORIA DE LA SEGURIDAD SOCIAL DE LOS EMPLEADOS DE LOS MESES ABRIL, MAYO Y JUNIO  Y DE  AUTONOMOS DE LOS MESES MAYO Y JUNIO 2020

1-      Se puede solicitar  para las cuotas de los meses mayo y junio 2020 , se pide  mes a mes para el periodo que nos interese y optará en caso de no poder hacer frente al pago, por el aplazamiento o por la moratoria

2-      Si solicita moratoria esta será para liquidar al cabo de seis meses del  mes de cotización para el que se ha  solicitado

3-      Se deberá de estar al corriente de pago en el momento de la solicitud

Sentimos mandarle la  información de forma tan apresurada pero son días muy complicados en cuanto a legislación,  todo se va decretando muy rápidamente y  el periodo de aplicación es  con escaso plazo de ejecución.

 

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