Ayudas públicas para fomentar la ocupación
1. Te ayudamos a la contratación de personas que pertenecen a colectivos prioritarios
La Consellería de Trabajo, Comercio e Industria, mediante la Dirección general de Trabajo y Salud Laboral, pone en marcha una convocatoria pública de subvenciones para fomentar la ocupación de personas que pertenecen a colectivos prioritarios en sectores tradicionales y en otros sectores económicos, en especial los emergentes, según Resolución del Conseller de Trabajo, Comercio e Industria de 13 de marzo de 2018, publicada al BOIB núm. 34, de 17 de marzo.
2. ¿Quién se puede acoger?
Los emprendedores, las microempresas y las empresas pequeñas y medianas, las empresas de inserción inscritas como tales en el registro correspondiente, y también las entidades sin ánimo de lucro que reciban prestaciones de servicios de trabajadores por cuenta ajena, sea cual sea su forma jurídica, que contraten personas que pertenecen a colectivos prioritarios.
Los sectores tradicionales y emergentes, con epígrafes de la Clasificación nacional de actividades económicas (CNAE 2009) comprendidos del 1 al 9, según se especifica en el anexo 1 de la convocatoria de ayudas.
3. ¿Quienes son los colectivos prioritarios?
• Personas de 30 o más años desocupadas e inscritas en demanda de ocupación.
• Personas de 30 o más años desocupadas e inscritas en demanda de ocupación en situación de paro de larga duración.
• Personas en situación de exclusión social, paradas e inscritas en demanda de ocupación.
• Personas de 30 o más años desocupadas e inscritas en demanda de ocupación que hayan participado en programas públicos de ocupación del SOIB en los últimos 3 años (RIL, Visibles y Programas de Ocupación) o que en el último año hayan obtenido certificados de profesionalidad en que se haya aprobado el módulo de prácticas no laborales. Estos plazos se contarán con referencia a la fecha de suscripción del contrato.
• Persona de 45 o más años desocupadas e inscritas en demanda de ocupación que no hayan trabajado en los 4 años anteriores a la contratación, como mínimo.
• Mujeres víctimas de violencia machista, paradas e inscritas en demanda de ocupación.
• Personas de 30 o más años desocupadas e inscritas en demanda de ocupación afectadas por un despido colectivo (arte. 51 TE) en el año anterior a la contratación.
• Personas de 30 o más años desocupadas e inscritas en demanda de ocupación en el Servicio de Ocupación contratadas para poner en marcha un plan de internacionalización.
• Personas jóvenes de entre 16 y 29 años desocupadas e inscritas en demanda de ocupación, inscritas en el Sistema Nacional de Garantía Juvenil
• Personas jóvenes de entre 16 y 29 años desocupadas e inscritas en demanda de ocupación, inscritas en el Sistema Nacional de Garantía Juvenil (SNG), que hayan participado con la calificación de aptas en programas de formación profesional para la ocupación financiados por el SOIB (Programas mixtas de trabajo y ocupación, Formación Dual o Certificados de Profesionalidad).
(*) En el supuesto de que las personas jóvenes de 16 a 29 años no consten inscritas en SNGJ, su contratación se puede subvencionar con cargo al PO FSE Islas Baleares 2014-2020).
4. ¿Qué se subvenciona?
La contratación indefinida de personas de los colectivos prioritarios.
Los objetos, los trabajadores que se pueden contratar y las cuantías de la subvención se definen de manera específica en los diferentes programas que promueve la convocatoria:
a) Programas cofinanciados en un 50% por el Fondo Social Europeo, mediante
el Programa Operativo FSE Islas Baleares 2014-2020:
Apoyo a sectores industriales de carácter tradicional y a sectores de carácter estratégico.
Personas en paro de larga duración.
Personas en situación de exclusión social.
Regreso al mercado laboral.
Trabajo para mujeres víctimas de violencia machista.
Personas afectadas por despido colectivo.
Apoyo a la exportación.
b) Programas cofinanciados en un 85% por el Fondo Social Europeo por medio del Programa de Ocupación Juvenil 2014-2020 y de la Iniciativa de Ocupación Juvenil:
Personas jóvenes.
Personas jóvenes formadas.
Relevo generacional.
Las cantidades de las ayudas para cada uno de los programas se definen en los anexos 1 al 10 de la convocatoria.
5. ¿Cuándo se tienen que realizar las contrataciones?
El plazo para iniciar y llevar a cabo las contrataciones indefinidas comprende desde el día 1 de octubre de 2017 hasta el día 15 de octubre de 2018.
Para que las empresas se puedan beneficiar de las ayudas, es necesario que tengan el centro de trabajo donde presta servicios la persona contratada en la Comunitat Autónoma de las Islas Baleares.
6. ¿Hasta cuándo, cómo, y dónde puedo solicitar las ayudas?
Las ayudas se pueden solicitar desde el 21 de marzo hasta el día 19 de octubre de 2018.
Los modelos oficiales de solicitud de las ayudas se pueden obtener :
a) A la Dirección general de Trabajo, Economía Social y Salud Laboral de la Consellería de Trabajo, Comercio e Industria, ubicada en la plaza de Son Castelló, 1, de Palma.
b) En cualquier de las oficinas públicas del Servicio de Ocupación de las Islas Baleares.
c) En el web de la Consellería, a la dirección de Internet
https://www.caib.es/
Las solicitudes se tienen que presentar en el Registro General de la Consellería de Trabajo, Comercio e Industria o por cualquier de las formas previstas en derecho de acuerdo con el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, junto con la documentación prevista en esta convocatoria.
7. ¿Cuál es el importe de la convocatoria?
El importe económico de esta convocatoria es de 1.200.000 euros con cargo a las partidas presupuestarias de los presupuestos generales de la comunidad autónoma de las Islas Baleares que se indican en la convocatoria, cofinanciados de la manera siguiente:
— 700.000 € en un 50% por el Fondo Social Europeo mediante el Programa Operativo FSE Islas Baleares 2014-2020.
— 500.000 € en un 85% por el Fondo Social Europeo mediante el Programa Operativo de Ocupación Juvenil 2014-2020 y de la Iniciativa de Ocupación Juvenil.
Para más información pueden contactar con PIMECO al teléfono 971.468.153 o rellenando el siguiente formulario de contaco